Una IA puede producir una política de seguridad en segundos. El problema aparece cuando el documento parece profesional, pero nadie verificó si describe los riesgos reales de la empresa.
La velocidad no reemplaza el criterio preventivo
La inteligencia artificial puede ayudar a ordenar información, proponer una estructura o convertir procedimientos dispersos en un primer borrador. También puede detectar temas que conviene revisar: incendios, máquinas, sustancias peligrosas, trabajos en altura, emergencias o capacitación.
Pero una política no se vuelve válida por estar bien escrita. Tiene que reflejar el establecimiento, los procesos, los equipos, la organización del trabajo y las personas expuestas. Un texto genérico puede omitir un riesgo crítico o recomendar controles que no existen.
La pregunta no es si la IA puede escribir. Puede hacerlo. La pregunta es quién valida lo que escribió y quién responde cuando una decisión preventiva se apoya en un documento equivocado.
Qué exige el marco argentino
La Ley 19.587 impone al empleador el deber de adoptar y poner en práctica medidas para proteger la vida y la integridad psicofísica de los trabajadores. El artículo 8 contempla, entre otros aspectos, condiciones adecuadas de los lugares de trabajo, protección de máquinas e instalaciones, equipos de protección personal y seguridad en las operaciones y procesos.
El artículo 9 enumera obligaciones concretas: conservar instalaciones y máquinas, asegurar ventilación y eliminación de gases, vapores e impurezas, gestionar residuos, controlar ruidos y vibraciones, disponer medios contra incendios y otros siniestros, almacenar sustancias peligrosas de manera segura, contar con primeros auxilios, señalizar y capacitar al personal.
La ley no regula el uso de inteligencia artificial. Por eso, no corresponde presentarla como una herramienta autorizada o exigida por la normativa. Puede utilizarse como apoyo de gestión, pero no desplaza las obligaciones del empleador ni la intervención de profesionales competentes.
El Decreto 351/79 reglamenta la ley y sus anexos aportan requisitos técnicos que deben analizarse según la actividad y el riesgo del establecimiento. En sectores específicos también corresponde revisar la normativa aplicable: por ejemplo, el Decreto 911/96 para la construcción.